AGENCIA MANACORNOTICIAS 29/06/2019 - 09:13:46 |
El catálogo determinará la tarea o curso con el número de horas que tendrà que dedicar la persona infractora según la sanción a cumplir. Este catálogo será aprobado por la Alcaldía, mediante un decreto. |
AYUNTAMIENTO DE FELANITX. Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal reguladora del consumo indebido de bebidas alcohólicas en la vía pública. Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de día 8 de abril de 2019 la modificación de la ordenanza municipal reguladora del consumo indebido de bebidas alcohólicas en la vía pública, y dado que durante el plazo de exposición pública no se ha presentado ninguna reclamación, y por tanto, acontece aprobada definitivamente, se publica íntegramente el texto de la ordenanza en cumplimiento del dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y a la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
Las sanciones previstas para las infracciones reguladas en esta ordenanza son las siguientes:- Infracciones muy graves: multa de 1.501 a 3.000 euros. - Infracciones graves: multa de 751 hasta 1.500 euros. - Infracciones leves: multa de 400 hasta 750 euros. Artículo 15. Intervenciones específicas. En los supuestos establecidos en los artículos anteriores, la Policía Local retirará o intervendrá cautelarmente las bebidas, envases y otros elementos objeto de prohibición. Las bebidas intervenidas se destruirán por razones higiènico-sanitarias.
Artículo 16. Sustitución de las sanciones por trabajos en beneficio de la comunidad. Las sanciones pecuniarias previstas en la ordenanza podrán ser sustituidas, si la persona infractora lo solicita previamente, por cursos de concienciación y trabajos a la comunidad. A tal efecto se creará una comisión técnica integrada por una persona técnica del Departamento de Interior, una de Servicios Sociales, una de Medio Ambiente, y una de Educación, que confeccionarán un catálogo de recursos y posibles servicios de que dispone el Ayuntamiento de Felanitx para hacer cumplir las sanciones.
El catálogo determinará la tarea o curso con el número de horas que tendrà que dedicar la persona infractora según la sanción a cumplir. Este catálogo será aprobado por la Alcaldía, mediante un decreto. La comisión técnica será competente para estudiar los casos especiales que puedan surgir, el grado de cumplimiento de la sanción, y otras cuestiones que puedan surgir de la aplicación de la sustitución de las sanciones. La sustitución de las sanciones pecuniarias por trabajos en beneficio de la comunidad se decidirá de forma motivada en función del tipo de infracción, y los trabajos serán proporcionales a la sanción que reciba la conducta infractora. Cuando los infractores sean menores, antes de resolver se solicitará la opinión de los padres o tutores o guardadores, que será vinculante.
Artículo 17. Destino y sustitución de las sanciones..........
1. El importe de las sanciones económicas obtenidas por la aplicación de la ordenanza se tienen que destinar íntegramente a financiar programas municipales de educación y de información respecto al consumo de alcohol. 2. Las sanciones económicas impuestas en la aplicación de esta ordenanza pueden ser suspendidas cuando la persona infractora solicite ante el Ayuntamiento y por escrito la sustitución de la sanción pecuniaria por la realización de cursos o trabajos en beneficio de la comunidad y de acuerdo con el catálogo aprobado por el Ayuntamiento.
Artículo 18. Procedimiento de suspensión de las sanciones. 1. La autoridad competente para acordar la suspensión de las sanciones y aceptar la sustitución por la realización de cursos de concienciación o trabajos en beneficio de la comunidad, es la misma que impone la sanción. 2. El procedimiento de sustitución de sanción pecuniaria se incoará cuando la persona infractora, mediante la correspondiente solicitud, manifieste la voluntad de realizar trabajos o actividades en beneficio de la comunidad y la participación en cursos. Si se resuelve favorablemente la suspensión, la autoridad competente declarará también suspendido el plazo de prescripción de la sanción durante el tiempo previsto de duración de los trabajos o del curso.
3. Para cumplir la sanción con la realización de tareas o cursos habrá un tiempo máximo de tres meses a contar desde la resolución favorable de suspensión.
4. Durante el tiempo de suspensión, la autoridad competente efectuará el seguimiento que considere oportuno de las asistencias y de los resultados en las tareas correspondientes.
5. Cuando de la información conseguida se deduzca que la persona infractora ha cumplido satisfactoriamente su compromiso, la autoridad competente acordará que la sanción impuesta se ha cumplido total o parcialmente.
6. El incumplimiento total o parcial determinará que la autoridad competente resuelva la continuación del expediente de ejecución de la sanción. Disposición final. Esta ordenanza entrará en vigor en el plazo de un mes de la publicación íntegra en el BOIB, después de ser definitivamente aprobada por el Pleno del Ayuntamiento.
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